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Todo sobre las licencias de software

Un contrato de licencia es aquel cuyo objeto es autorizar uno o varios usos de explotación de una obra protegida. Quién otorga la autorización es el licenciante, y quién se beneficia de ella es el licenciatario.

El contrato de licencias de software tiene por objeto autorizar al usuario ciertos usos o actos de utilización de un programa de computador, pudiendo comprender tanto la instalación en la memoria de un computador personal o servidor de red para el acceso de un determinado número de equipos cliente, como el acceso y uso de una aplicación en línea. Así mismo, el alcance de tales autorizaciones podrá variar según el tipo de licencia, pudiendo llegar a comprender inclusive la modificación y redistribución del programa de computador, así como el acceso al código fuente, cómo sería el caso por ejemplo del software libre de código abierto.

Si se incluyen los derechos de autor y propiedad, la licencia es un contrato entre el desarrollador del software sometido a propiedad intelectual y a derechos de autor y el usuario, en el cual se definen con precisión los derechos y deberes de ambas partes. Es el desarrollador, o aquel a quien éste haya cedido los derechos de explotación, quien elige la licencia según la cual se distribuye el software.

En resumen, se trata del conjunto de permisos que un desarrollador da para la distribución, uso y/o modificación de la aplicación que desarrolló. En esta licencia puede indicar también los plazos de duración, el territorio donde se aplica, etc.

Características de las licencias de software
Es un contrato solemne, cuya solemnidad es que la autorización, y los derechos que en ella se contienen, consten por escrito.

Es un contrato generalmente oneroso, que excepcionalmente puede ser gratuito. Como ejemplos de licencias gratuitas están los programas shareware o freeware.

Por regla general, son contratos de adhesión, salvo cuando se trata de software por encargo o software a la medida.

Generalmente contienen una serie de especificaciones para el correcto funcionamiento del software, como las características que debe tener el hardware donde se instalará el programa, o información del rendimiento en cuanto a su capacidad de ejecución.

Hay diversas cláusulas que se incluyen en este tipo de contratos. Por ejemplo cláusulas de garantía de funcionamiento, violación de derechos de terceros o exclusividad.

Una característica esencial de los contratos de licencias en general, no solo de software, es que consiste en que el titular del derecho de autor (generalmente el licenciante) no transfiere o cede la titularidad de tales derechos, sino que los mantiene en su poder, y se limita a autorizar, de manera exclusiva o no, los distintos usos o actos de explotación de que la obra puede ser objeto. Así mismo, la amplitud de sus derechos exclusivos de autor le brinda al licenciante la posibilidad jurídica de definir con detalle el alcance y las restricciones de las autorizaciones que otorga.

Las licencias de software típicas establecen que la compañía que cede entregará un producto final de software al usuario. En muchos casos, la compañía de software también se obliga a corregir cualquier defecto o bug que se descubra, y a proveer periódicamente al usuario versiones mejoradas y actualizadas del software. El usuario, a su vez, paga una tarifa por el software.

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En relación con las cláusulas del contrato, el usuario del software se compromete, a menudo, a que no (1) divulgará cualquier información confidencial que la compañía proporcione al usuario, (2) reproducirá o copiará el software, y (3) asignará o sublicenciar el software sin el consentimiento de la compañía de software.

Tipos de licencias de software
Existen varios criterios de clasificación para dividir los tipos de licencias de software. La tabla 1 facilita la comprensión e incorpora ejemplos para cada tipo de licencia.

En el caso del software propietario, las licencias de software van a depender del titular de los derechos de autor del software en cuestión, que normalmente va a ser quien lo crea o quien lo ofrece.

Dentro de las licencias de software propietario se pueden distinguir dos subtipos:

Licencia shareware.

Licencia freeware.

Licencias de software Shareware

Corresponden a un tipo de distribución de aplicaciones que consiste en liberar gratuitamente una versión con funcionamiento limitado. Esa limitación puede ser temporal (después de determinada cantidad de días deja de operar), por funciones (desde el comienzo, o a partir de determinado momento, hay funciones que el programa deja de realizar) o una combinación de las mencionadas (el programa empieza con todas sus funciones y deja de realizar algunas al cabo de cierto tiempo).

En cualquier caso, al finalizar el período de prueba el usuario debe pagar la licencia o desinstalar el programa. Un ejemplo de este tipo de software es WinRAR, un programa ampliamente usado en Windows para comprimir y descomprimir archivos.

Licencias de software Freeware
Son licencias de software que permiten obtener, instalar y/o usar gratuitamente un programa de computador.

No es necesario que el usuario se registre, se suscriba o compre una licencia. La gran diferencia entre el freeware y el código abierto (“open source”) es que el primero es cerrado, es decir, el usuario solo tiene acceso al código objeto del programa, no al código fuente. Un ejemplo de este tipo de licencia (y de programa) es el antivirus para Windows Avast, que se puede descargar en forma gratuita desde Internet.

Licencias de software libre
En el caso del software libre, si bien cada desarrollador puede utilizar la licencia que desee, como ocurre con el software propietario, está más extendida la práctica de licenciar un software libre bajo determinadas licencias creadas principalmente por organizaciones, como la licencia General Public License (GNU GPL), creada y promovida por la Free Software Foundation, la licencia Apache, la licencia Mozilla Public License, creada y promovida por la Mozilla Foundation y usada en su producto más conocido, el navegador web Mozilla Firefox, entre otras.

Suele ocurrir con el software libre que, al ser un conjunto de aportes de distintos desarrolladores, cada “parte” de un software tenga licencias distintas. Así ocurre, por ejemplo, con el sistema operativo móvil Android y la iniciativa de código abierto que lo construye y mantiene, el Android Open Source Project (AOSP), en castellano Proyecto de Código Abierto de Android. En su sitio web, el AOSP recomienda el uso de la licencia Apache para liberar el software relacionado con Android. Sin embargo, hay partes de Android que se liberan bajo otras licencias, como la licencia GPL para el núcleo (kernel) del sistema, puesto que es el núcleo del sistema operativo Linux, utilizado no solamente como base de Android sino también como base para sistemas operativos de escritorio, de servidores, de sistemas embebidos (por ejemplo, cajeros automáticos o navegadores GPS), que está liberado bajo la licencia GPL y, como veremos más adelante, esta licencia obliga a liberar las obras derivadas bajo los mismos términos, esto es, usando la misma licencia GPL, para así mantener las libertades fundamentales del software libre que expusimos en el primer capítulo.

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Otros tipos de licencias de software
Además de esta distinción entre licencias de software libre y licencias de software propietario, existen otras clasificaciones de las licencias.

Por ejemplo una clasificación según el grado de libertad de uso que se le entrega al licenciatario , según el grado de estandarización de los términos de la licencia, y según la forma de celebración del contrato.

Según el grado de estandarización, licencias de software genérico (empaquetado) con contratos de adhesión y licencias de software personalizado. Las licencias otorgadas mediante contratos de adhesión se llaman también licencias shrink-wrap.

Según la forma de celebración del contrato, distingue entre licencias celebradas por escrito; licencias celebradas por otros medios válidos de expresión del consentimiento y licencias celebradas por medios electrónicos. Hay que señalar que las licencias celebradas por escrito sería un contrato consensual, que se perfecciona por el solo consentimiento de las partes.

En el caso de las licencias celebradas por otros medios válidos de expresión del consentimiento, cuya aceptación de los términos de la licencia es tácita, se distinguen dos casos:

Cuando existen actos positivos por parte de quien adquiere el software.

Cuando existe silencio o inactividad por parte de quien adquiere el software.

En algunas doctrinas se establece que la aceptación tácita debe ser manifestada por hechos inequívocos de ejecución del contrato propuesto.

En la doctrina chilena también aparece la concepción de que la aceptación tácita involucra la ejecución de determinados actos que signifiquen conformidad con la oferta. Los actos positivos son el desempaquetado del software y su instalación. La misma doctrina establece dos requisitos:

Que el usuario “tenga previo y pleno conocimiento de la licencia, con todas las restricciones y condiciones de uso en su integridad”.

Tenga conocimiento de las consecuencias jurídicas de su conducta (desempacar el software, instalarlo, usarlo, etc.) en cuanto a la conciencia de que por ese acto quedará vinculado jurídicamente tanto a los derechos como a las obligaciones contenidas en ese documento. Por eso, se señala que si, el usuario desempaca el software y luego encuentra un documento de licencia que señala que por solo haber desempacado el software se entiende haber aceptado los términos y condiciones de uso, no podría entenderse que allí hubo un acto de aceptación tácita, porque no se le dio al usuario la oportunidad del conocimiento previo de la licencia.



  • Ver original en EmprendedoresNews
  • Publicado el miércoles febrero 26, 2020


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