Lo que debes saber de la norma para prevenir el estrés laboral
Entra en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, referente a los riesgos psicosociales en los lugares del trabajo. Probablemente en tu empresa te hayan pedido llenar una encuesta sobre el bienestar en tu centro laboral. Sin embargo, se han dicho también muchas cosas que pueden causar confusión entre los empleados y los mismos administradores de las empresas, por lo que te presentamos una serie de preguntas (con sus respuestas) sobre esta nueva normativa.
¿Cuál es el objetivo de esta norma?
La creación de la NOM-035-STPS-2018 tiene el objetivo de ser un instrumento que permita a las empresas identificar y analizar de forma general, los factores de riesgo psicosocial en los centros de trabajo. Esta norma se emitió el 23 de octubre de 2018 y, un año después, entrará en vigor.
¿Con esta norma se va a evaluar la salud mental de los trabajadores?
No, no se contempla hacer evaluaciones psicológicas ni identificar trastornos mentales. Su propósito es identificar los factores de riesgo a los que están expuestos los trabajadores, y la norma los divide en cuatro:
Organización: Se considera como riesgo la sobrecarga de trabajo o falta de herramientas adecuadas para llevar a cabo las labores.
Contenido: Se consideran los trabajos en donde el empleado debe lidiar con clientes que lo maltratan, por ejemplo un custodio de valores o un operador telefónico.
Relaciones: Se hace referencia al mal vínculo con compañeros o patrones.
Condiciones: La NOM 035 también especifica como riesgo que los términos del contrato del empleado vulneren su tranquilidad.
¿Esta norma es obligatoria?
Sí, pero tendrá obligaciones diferenciadas dependiendo del número de colaboradores de la empresa
¿También tengo que cumplirla si soy una Pyme?
Los centros de trabajo que tengan hasta 15 colaboradores o menos estarán exentos de hacer una evaluación para identificar los riesgos psicosociales, mientras que las demás tendrán que hacerlo.
¿Qué pasa si no se cumple con la norma?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las empresas que incumplan con lo estipulado tendrán multas que van desde 250 a 5,000 unidades de salario mínimo, es decir, entre 26,767 y 535,350 pesos…