Falsos mitos sobre los autónomos
Hay cosas que parece que nunca cambian. A pesar de que los autónomos nos hemos convertido en objetivo prioritario para los partidos políticos en los últimos años y de que hemos conseguido mucho en cuanto a avances en la equiparación de derechos de los trabajadores por cuenta propia y ajena, muchos días parece que despierto en ese 2 de febrero del «Día de la Marmota» y oigo a la misma gente quejarse siempre de las mismas cosas. Cosas, que como suele ser habitual, no dejan de ser faltos mitos que acompañan al colectivo de autónomos.
Por eso hay cuatro mitos recurrentes que me gustaría desmontar. El primero es uno de los más escuchados: «España es el país de Europa donde más se paga a la Seguridad Social por ser autónomo». Falso. Para hacer una comparativa rigurosa no sólo hay que tener en cuenta lo que se paga sino lo que se recibe por lo que se paga. En España, se paga un 29,8% sobre la base de cotización elegida (26,5% de contingencias comunes +3,3% de IT), en nuestro país vecino Francia estaría entre el 12% y el 21% sobre la base en función de la tipología y la actividad que desarrolle el autónomo y en Dinamarca, los autónomos tienen una presión fiscal de 56% sobre la base de cotización.
¿Y esto a nivel práctico en qué se traduce? Un ejemplo: en España, un autónomo que cotiza por una base de 1.000 euros paga 298 euros y tendrá derecho a una pensión media de 750 euros; en Francia, pagará 180 euros pero quedándole una pensión media de 400 euros. Finalmente, los daneses, sobre unos ingresos de 1.000 euros pagarían 560 euros.
Así, y siendo objetivos, con respecto a lo que se paga en España se recibe más que en otros países. Vamos al siguiente. La cuota de autónomos es fija. La única cuota fija que hay en España para autónomos es la tarifa plana de 50 euros para el inicio de la actividad, durante seis meses ahora, y doce a partir de 2018. A partir de aquí, la base se elige entre una base mínima de 919,80 euros y una base máxima de 3.751,20 euros.
Además, no sólo es que la base se elija, sino que en función de los ingresos, ésta puede modificarse dos veces al año, y hasta cuatro a partir del 1 de enero de 2018, cuando entra en vigor la Ley de Reformas Urgentes para el Trabajo Autónomo aprobada por el Senado el pasado 11 de octubre.
En consonancia con la elección voluntaria de la baseâ⬦ nos encontramos con el tercer mito: no es posible adecuar cotizaciones a ingresos. Rotundamente falso. El 75% de los autónomos declararon en 2016 ingresos netos superiores a la base mínima, por lo que pueden voluntariamente adecuar su cotización a sus ingresos modificando su base, hacia arriba o hacia abajo, dos veces al año y serán cuatro veces el año a partir del año que viene, como ya he señalado.
El problema de la falta de adecuación a ingresos no viene de ese 75% sino del 25% de los autónomos cuyos ingresos no llegan a la base mínima. Este es sin duda alguna un tema que hay que solucionar. Pero pedir como piden muchos una imposición de la cotización en función de los ingresos supone, a día de hoy, subir las cuotas al 75% de los autónomos, algo que desde ATA no defendemos, dado que como hemos dicho, ya se puede hacer de forma libre y voluntaria.
Y acabamos con «los autónomos españoles tienen menos protección social que los autónomos del resto de Europa», frase que también se puede leer por muchos lugares y que se escucha en muchas tertulias. Pues bien, España es sin lugar a dudas el país donde más se ha avanzado en protección social del autónomo y hoy podemos afirmar que los autónomos tienen los mismos derechos nominales que los asalariados (otra cosa es la cuantía que viene determinada por la base elegida) y que nos encontramos en una situación más ventajosa que los autónomos de otros países: podemos darnos de baja por enfermedad desde el cuarto día, tenemos el reconocimiento de los accidentes laborales, enfermedades profesionales y el accidente in-itinere; derecho a baja por maternidad, paternidad, lactancia y riesgo en el embarazo, algo que en Bruselas se está debatiendo ahora; el conocido como «paro de los autónomos», que si bien es cierto que hay que mejorar, las instituciones europeas han solicitado informes sobre la prestación para aplicarla; podemos optar a la jubilación anticipada a los 63 años, tenemos derecho a formación, a la capitalización o compatibilización de la prestación por desempleoâ⬦
No hay ningún sistema europeo que ofrezca todas esas coberturas a los autónomos, ni ningún sistema privado que las ofrezca todas en su conjunto a ese «precio». España es el único país que con 275 euros de cuota o con la tarifa plana de 50 euros por inicio de actividad se tiene derecho a atención sanitaria gratuita, baja por enfermedad, incapacidad permanente, maternidad, paternidad, riesgo en el embarazo y pensión de jubilación, viudedad y orfandad. Coberturas que en muchos países de nuestro entorno están sometidas a copago o sistemas mixtos con seguros privados que conllevan mucho más coste.
Así con todo, y a pesar de que es cierto que aún quedan muchas cosas que mejorar dentro del colectivo, no se porque ya me ronda por la cabeza que el próximo 1 de enero, con todas las medidas que entran en vigor de una ley que mejora la protección social, que elimina trabas y facilita la actividad, volveré a oír en boca de algunos que se denominan expertos, estas cuatro frases. En nuestra mano está el conseguir despertar del «Dia de la Marmota» y lograr desterrar estas leyendas urbanas en materia de cotizaciones y protección social del colectivo.