‘Home office’ producirá cambios legales en México
Con la pandemia por coronavirus, empresas y colaboradores comprobaron que es posible ser igual o más productivos al trabajar desde casa, pero en los próximos meses la legislación mexicana y las compañías tendrán el reto de establecer un piso seguro para el teletrabajo.
Aunque el “home office” está contemplado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 2012, pocas empresas aplicaban dicha modalidad y sus disposiciones legales, hasta que el coronavirus hizo necesario cambiar en dos meses lo que no se hizo en años, reconoció Ricardo Barbosa, encargado de Asuntos Laborales de Coparmex.
Por ejemplo, el artículo 317 de la LFT establece que los empleadores que tengan trabajadores que laboran desde casa deben inscribirse en el Registro de Patrones del Trabajo a Domicilio. Dicho trámite lo tendrán que hacer las empresas que planeen seguir con empleados haciendo home office, una vez que retome actividades regulares la Secretaría del Trabajo federal, señaló Barbosa.
Además deben realizar un reglamento interno para el trabajo en casa donde se establezcan horarios, obligaciones, llenado de bitácoras de actividades y contratos específicos para la gente que labore en casa.
“El trabajador tiene derecho a pedirte un apoyo económico de luz y de Internet, totalmente de acuerdo. Y tú como empresa tienes el derecho o la obligación de establecer un contrato, de establecer un reglamento”, agregó.
Y aunque la ley vigente norma lo referente a contratos, hay un hueco en materia de seguridad del trabajo que debe ajustar la Federación para mayor certeza de empleadores y empleados, pues como está actualmente no se determina qué puede ser considerado o no accidente de trabajo cuando se labora en casa, señaló el experto.
“El accidente de trabajo es una área bastante gris, que no está correctamente definida independientemente de lo que te diga el Seguro Social. (No establece) nada tan específico”, indicó…