Ley de Precios Justos desestimula inversiones en el país – deGerencia.com
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Ley de Precios Justos desestimula inversiones en el país

Jornada del Iesa: Impacto empresarial de las nuevas leyes económicas sirvió para analizar las nuevas normas

La Ley de Precios Justos,  no incentiva la inversión en el sector productivo nacional. Así lo destacó Juan Manuel Raffalli, uno de los expositores de la Jornada del Iesa: Impacto empresarial de las nuevas leyes económicas.Siete expertos de la materia se abocaron este martes al análisis de las leyes aprobadas mediante la habilitante,  la  mayoría de las cuales entrará en vigencia el mes próximo. Juan Manuel Raffalli,  habló sobre la ley de Precios Justos. En este entorno afirmó que «con el apuro de su creación, el año pasado, quedaron  por fuera los derechos subjetivos de los consumidores  y usuarios: el derecho a la educación a los bienes, a la seguridad a la salud;  todo lo que estaba en las leyes anteriores, pues  se ocuparon nada más de regular los precios y dejaron a los consumidores sin un esquema de protección. Ahora ese es  un cambio importante», dijo.También es positivo que se haya normado,  la garantía pues se exige un certificado para los bienes duraderos y que tienen sistemas electrónicos. También se ordena  la devolución del dinero para aquellas personas que al comprar por internet o vía telefónica no estén conformes con su adquisición. Raffalli afirmó  que cuando se trata de bienes  adquiridos con dólares preferenciales o se negocia con productos ofertados por el Estado,  la infracción pueden establecer privativa de libertad de hasta diez años multas de hasta 50 mil unidades tributarias o confiscación de bienes, esto a su juicio es muy punitivo.  En materia de comiso refirió que los bienes se pueden vender por razones de finalidad social y lo que se recaude queda en una cuenta de la Sundee con fines de garantía, «antes los bienes quedaban a disposición y se podían liquidar de una vez» confirmó.De manera puntual ahora se dice que expresamente por acción de la Ley el Superintendente puede solicitar a Cencoex la inhabilitación definitiva, para que el implicado no pueda recibir nuevamente divisas,  también se eliminó el tiempo máximo de cierre de las empresas que era de 180 días, «ahora no hay tiempo estipulado», confirmó Raffalli.»También le dan una amplísima competencia a la Sundee en materia administrativa en temas de contrataciones de pagos etc y algunas atribuciones que son mas declarativas desde el punto de vista político que productivo», finalizó. ConclusionesRichard Obuchi, quién es profesor del Iesa  en su exposición hablo de las variables macroeconómica y las dificultades que ha tenido el país ante la falta de divisas y el efecto que sobre esto tendrá la caída de los precios del crudo.»Las cifras muestran la dificultad por la que atraviesa el país y hay que tomar las medidas acorde a ello» acotó.En este escenario indicó que es muy importante generar confianza en el sector inversionista y en ello las leyes juegan un papel muy importante.  Sobre todo en la garantía y seguridad que estas deben presentar.En el foro también  se destacó que aún faltan ajustes necesarios en la nueva legislación.Competencia con equidadLa Ley Antimonopolio es otro de los marcos legales aprobadas en la habilitante. Al respecto Juan Carlos Oliveira indicó que «esta no incluye al Estado, lo cual no representa transparencia a la hora de establecer una competencia justa».En el ámbito de aplicación se exceptúan las empresas públicas o mixtas de carácter estratégico, afirmó. Pro Competencia desaparece para darle paso a la Superintendencia Antimonopolio la cual irá asumiendo las funciones del fenecido organismo.Para Oliveira, también esta ley contempla las mismas sanciones que son el 10% de los ingresos, montos anuales de hasta 20% si hay agravante y 40% si se establece reincidencia  y la presencia de una tasa de redescuento del 6%. También se establece multas que representan el 20% del patrimonio del infractor, en una empresa; antes era penalizada toda la junta directiva de la misma.En el caso de aquellas empresas que tengan posición de dominio, estas  estarán mucho más expuestas que el resto, afirmó el conocedor. Otro de los cambios que se establecieron es que las denuncias se pueden hacer directo en los tribunales. Bonos serán pechadosEn el caso de la modificación del Código Orgánico Tributario, se establece nuevamente la disyuntiva de la legalidad de pechar con impuestos los ingresos adicionales de los trabajadores.En tal sentido, Andrés Halvorssen indicó que el año pasado se suspendió la aplicación de esa medida ante un pronunciamiento de la Sala Constitucional; sin embargo, nuevamente el texto es aprobado para su cumplimiento. Esto implica que cualquier bono adicional que reciba un trabajador o guardia que haga, por no estar prevista entre sus ingresos fijos anuales será objeto de pago de tributos.También aclaró que el Seniat ahora no es el único organismo recaudador del Estado. Están el Seguro Social, Fonacit, la Fona, IND, los bomberos, las gobernaciones y alcaldías, etcétera. Esto a su juicio hace que el cumplimiento con todos y cada uno de estos organismos complique el hecho de que las empresas estén al día.En el caso de que los pagos se realicen fuera de los lapsos establecidos se establece un recargo del 10%.También se refirió el abogado especialista a una nueva normativa: «Ahora no se suspenden los efectos de las actuaciones legales con la interposición de un recurso jerárquico».En el caso de las empresas extranjeras, el Ejecutivo podrá establecer que las multas que les sean aplicadas se cancelen en  divisas. Y podrá crear sanciones adicionales.Ya se anunció también que las tasas de arribo, embarque y desembarque de nuestros puertos serán canceladas en dólares y depositadas en la cuenta de Bandes Uruguay, refirió el ponente.Otro de los aspectos que fueron cambiados en esta nueva ley es que la insolvencia no prescribe.Inversión foráneaLa ley de Inversiones Extranjeras presentada por José Manuel Ortega, pertenece también al paquete de la habilitante.  En este texto se cambia todo el régimen de inversiones extranjeras.Se deroga la ley de Protección y Promoción de las Inversiones extranjeras. Se elimina la Superintendencia de Inversiones Extranjeras, SIEX y sus atribuciones son asumidas por Cencoex. Para ser considerado como inversor extranjero, se tiene que participar con un capital superior a un millón de dólares y de las ganancias que esto produzca solo se podrá repatriar el 80%.También se establece que el 75% de los aportes se invertirán en activos industriales relacionados con la actividad productiva.Antes se exigía que los aportes de capital fueran a la empresa receptora, ahora van al patrimonio.En caso de que el inversor quiera retirarse del país solo podrá recuperar su capital luego de cinco años de permanencia y tras dejar la empresa en plena producción.En el texto anterior se hablaba de «producción de renta», en el actual la redacción habla de «producción de bienes y servicios» para las inversiones extranjeras.El alcance de las empresas se excluyen las importaciones, comercialización y distribución indicó Ortega; pero  hay ciertas actividades que no están bien definidas como las financieras, y las de petróleo y minería.La ley contempla que no serán considerados inversionistas extranjeros las compañías que tengan accionistas venezolanos. Igualmente se estableció que cualquier conflicto que presenten estas empresas deberán ser dirimidos y  resueltos en los tribunales venezolanos…



  • Ver original en El Mundo Economia y Negocios
  • Publicado el viernes enero 23, 2015
  • Noticia local de Venezuela


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