Empleo ultima un subsidio temporal que proteja a los parados de larga duración – deGerencia.com
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Empleo ultima un subsidio temporal que proteja a los parados de larga duración

El PP ha presentado una enmienda al proyecto de ley de Presupuestos que incluye un subsidio extraordinario por desempleo que estará en funcionamiento y con carácter retroactivo mientras el Ministerio de Empleo y Seguridad Social llega a un acuerdo con las comunidades autónomas y los agentes sociales sobre la Renta Complementaria por Desempleo (RED) que, como adelantó este periódico, es una nueva ayuda para los parados de larga duración que integra a los actuales planes Prepara y PAE que caducan el próximo lunes.

Hay que recordar que tanto los sindicatos CC.OO. y UGT y nueve comunidades autónomas que no están presididas por el PP se oponen al nuevo plan RED de 430 euros porque «dejará fuera a miles de los actuales beneficiarios».

Este subsidio extraordinario será gestionado por los servicios públicos de empleo y tendrá una vigencia de seis meses desde que se aprueben los Presupuestos. Se prorrogará de forma automática por periodos semestrales. No podrá percibirse en más de una ocasión y su cuantía es igual al 80% del Iprem (430,37 euros).

El PP justifica la presentación de esta enmienda ante la necesidad de que los posibles beneficiarios de las ayudas económicas de los dos programas (PAE y Prepara) no queden desprotegidos ante su expiración el próximo lunes y por «la dificultad de implementar otras medidas alternativas en un corto espacio de tiempo».

También argumenta la puesta en marcha de esta medida de carácter «extraordinario y temporal» con el fin de que el Gobierno y los interlocutores sociales (patronal y sindicatos) dispongan de un mayor plazo en el marco del diálogo social para abordar la modificación de la protección por desempleo de nivel asistencial, «racionalizando y simplificando el actual sistema».

La duración máxima del subsidio será de 180 días y el subsidio tiene como destinatarios los desempleados que carezcan de rentas, acrediten la existencia de responsabilidades familiares y que hayan agotado las prestaciones de nivel asistencial después de la entrada en vigor de la norma.

Asimismo, también se podrán beneficiar las personas que hayan agotado el subsidio por desempleo con anterioridad a dicha fecha o aquellos cuyo último derecho percibido hayan sido las ayudas de acompañamiento de los programas complementarios de la protección por desempleo.

En este caso, deberán estar inscritos a fecha 1 de mayo de 2018 y, además de reunir los requisitos de carencia de rentas y existencia de responsabilidades familiares, acrediten la condición de parados de larga duración.

El derecho al subsidio extraordinario entrará en vigor a partir del día siguiente a aquel en el que se cumpla dicho plazo de espera, siempre que se solicite durante los quince días hábiles siguientes, mientras que si se solicita transcurrido ese plazo, el derecho nacerá a partir del día siguiente a la solicitud.



  • Ver original en Diario ABC
  • Publicado el domingo abril 29, 2018
  • Noticia local de España


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